Velamos por nuestra jubilación
¿Qué es?
Es un producto de ahorro que permite obtener ventajosas condiciones fiscales y disponer de un dinero en el momento de la jubilación.
¿Qué elementos hay que tener en cuenta?
Existen diversos planes de pensiones a escoger, dependiendo del riesgo que se quiera asumir en función del rendimiento esperado.
Otro aspecto a considerar es el límite anual máximo de aportaciones y contribuciones empresariales a realizar al conjunto de planes de pensiones de los que se sea titular, que es de 10.000 euros al año para partícipes de hasta 49 años inclusive, y de 12.500 euros a partir de los 50 años.
En el caso de partícipes con minusvalía física igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33%, la indicada aportación anual máxima a realizar al conjunto de los planes de los que se sea titular es de 24.250 euros.
¿Cuáles son las ventajas de este producto?
Permite realizar aportaciones a favor del cónyuge, por un importe máximo de 2.000 euros, siempre que este no reciba rendimientos del trabajo y de actividades económicas superiores a 8.000 euros.
En caso de partícipes con minusvalía física igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33%, las aportaciones las podrán realizar tanto el propio discapacitado (con el límite máximo de 24.250 euros) como las personas que tengan una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive con el partícipe, así como el cónyuge o aquellos que les tuviesen a su cargo en régimen de tutela o acogimiento (con el límite máximo de 10.000 euros por persona). Las aportaciones anuales máximas realizadas a favor de una persona con discapacidad, incluyendo sus propias aportaciones no podrán rebasar los 24.250 euros.
Además, los planes de pensiones no solo pueden hacerse efectivos por jubilación sino también por otras contingencias: incapacidad, dependencia severa o gran dependencia o fallecimiento, en cuyo caso percibirán la prestación del plan de pensiones los beneficiarios designados. Los partícipes también podrán hacer efectivos sus derechos consolidados en los supuestos excepcionales de liquidez, de desempleo de larga duración o enfermedad grave, en los términos previstos en la legislación vigente y en el reglamento del plan.
¿Qué beneficios obtendré?
El ahorro fiscal que se obtiene es de hasta un 52% en territorio común (hasta un 56% en Cataluña, hasta un 49% en Guipúzcoa y hasta un 45% en Álava y Vizcaya).
¿A quién le puede interesar?
Entidad depositaria: entidad responsable de la custodia y depósito de los valores mobiliarios y demás activos financieros integrados en los fondos de pensiones.
Entidad gestora: entidad encargada de gestionar y administrar el patrimonio del fondo.
En nuestro caso, la entidad gestora forma parte de un grupo de sociedades en que la sociedad dominante es la sociedad depositaria, que posee la mayoría de los derechos de voto y tiene la facultad de nombrar y destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
¿Cuándo puedo contratar un plan de pensiones? ¿Lo puedo contratar aunque ya esté jubilado?
Un plan de pensiones se puede contratar en cualquier momento, pero si el partícipe contrata su primer plan de pensiones una vez jubilado, las aportaciones que realice se destinarán a fallecimiento o dependencia.
A partir del acceso a la jubilación, el partícipe podrá seguir realizando aportaciones al plan de pensiones para la cobertura de jubilación. Una vez iniciado el cobro de la prestación por jubilación, las aportaciones solo podrán destinarse a fallecimiento y dependencia (severa o gran dependencia). No obstante lo anterior, los partícipes jubilados con anterioridad al 1 de julio de 2006, y que hubieran realizado aportaciones desde la jubilación hasta el 1 de enero de 2007, destinarán dichas aportaciones para fallecimiento. Los jubilados a partir de 1 de julio de 2006 podrán percibir dichas aportaciones como consecuencia de la jubilación.
¿Cuáles son las ventajas fiscales de un plan de pensiones?
En el momento de hacer la declaración de la renta, las aportaciones que se hayan realizado a un plan de pensiones reducen la base imponible general del IRPF.
El límite máximo de reducción es conjunto para todos los instrumentos de previsión (planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, seguros que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia, así como Mutualidades de Previsión Social) siendo la menor de las cantidades siguientes, teniendo en cuenta que la base imponible general no podrá ser negativa:
Si el partícipe no tiene rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas o son inferiores a 8.000 euros, su cónyuge podrá aportarle hasta 2.000 euros y reducirse en la base imponible general la aportación realizada.
Otra ventaja añadida es que las cantidades aportadas que no se hayan podido reducir podrán reducirse durante los cinco ejercicios siguientes.
Si fallezco o quedo inválido, ¿quién será el beneficiario de mi plan de pensiones?
Los planes de pensiones admiten la libre designación de beneficiarios en caso de fallecimiento del partícipe, o del beneficiario si la prestación así lo determina. En caso de ocurrencia de la contingencia de incapacidad, el beneficiario será el propio partícipe.
¿Cuándo y cómo podré percibir los ahorros que invierta en un plan de pensiones?
En general, el objeto de este producto de ahorro es que el partícipe obtenga un capital o renta en el momento de la jubilación, pero el pago de la prestación se podrá percibir también, en su caso, al producirse cualquiera de las contingencias cubiertas por el plan (jubilación, incapacidad, fallecimiento, dependencia severa o gran dependencia) o en los supuestos excepcionales de liquidez: desempleo de larga duración, o enfermedad grave.
En cuanto a la manera de percibirlo, el partícipe o sus beneficiarios escogerán la opción que más les convenga:
VidaCaixa, S.A. de Seguros y Reaseguros, entidad gestora y promotora de los planes de pensiones “PlanCaixa”. Inscrita en el RM de Barcelona, tomo 8402, libro 7653, sección 2ª, folio 128, hoja 97107, NIF A-58333261. Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, entidad depositaria de los planes de pensiones “PlanCaixa”. Inscrita en el RM de Barcelona, tomo 20397, folio 1, hoja B-5614, con el número 3003. NIF G-58899998