Por un futuro tranquilo
¿Qué es?
El seguro es un contrato por el cual:
Es un contrato bilateral que se suscribe entre el asegurador y el tomador, pero pueden intervenir también el asegurado y el beneficiario. Tomador, asegurado y beneficiario pueden ser la misma persona, o bien personas distintas.
Asegurador: persona jurídica que asume el pago de las prestaciones convenidas dentro de las condiciones pactadas si se produce el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura.
Tomador del seguro: persona física o jurídica que, junto con el asegurador, suscribe el contrato.
Asegurado: persona física sobre la que se estipula el seguro o que es titular de los bienes asegurados.
Beneficiario: persona/s física/s o jurídica/s con derecho a percibir la prestación o indemnización derivada de las coberturas que hayan sido contratadas.
¿Qué elementos hay que tener en cuenta a la hora de contratarlo?
El seguro tiene definidas detalladamente en las condiciones del contrato sus coberturas específicas, así como, en su caso, las exclusiones de cobertura, carencias, franquicias y copagos que puedan ser de aplicación, por lo que es importante que esta información sea leída con anterioridad a la contratación.
Por este motivo, te recomendamos que te familiarices con los términos utilizados habitualmente en la contratación de un seguro, y que a continuación te indicamos, recordándote que el resto de términos relacionados con tu seguro los hallarás en la póliza que te faciliten.
Póliza: es el documento que contiene las condiciones del seguro. La póliza está compuesta, de forma inseparable, por las condiciones generales, las particulares y, en su caso, las especiales y/o los boletines de adhesión, así como por los suplementos que modifiquen o complementen a los anteriores.
Condiciones especiales: conjunto de cláusulas que recogen aquellos aspectos que se aplican en particular a una determinada modalidad de contratación sin afectar al resto. Las mismas pueden complementar, ampliar o derogar cláusulas previstas en las condiciones generales de la póliza.
Condiciones generales: conjunto de cláusulas que recogen las condiciones básicas de la relación contractual aplicables a los contratos de la misma modalidad.
Condiciones particulares: conjunto de cláusulas que recogen los datos y pactos particulares de cada contrato.
Coberturas: conjunto de eventos que cubre el seguro.
Indemnizaciones: cantidad que está obligada a pagar la entidad aseguradora como consecuencia de un siniestro contemplado en la póliza. Según lo previsto en cada contrato se puede pagar en efectivo (dinero) o en especie (reparando los daños).
Franquicia o copago: determinados importes que no están cubiertos en los casos indicados en el contrato. En cada siniestro, el asegurador asume a su cargo el correspondiente importe de dinero que para cada una de las coberturas se indique en las condiciones del contrato.
¿Cuáles son las ventajas de este producto?
Existe una amplia gama de seguros encuadrables en distintos ramos: seguros para la familia (de vida, de salud), para el hogar, para automóviles, de ahorro (para autónomos, etc.). Por otro lado, el seguro es un producto muy flexible que permite cubrir una gran diversidad de riesgos, según la circunstancia vital que se quiera cubrir.
¿Qué beneficios obtendré?
La tranquilidad y seguridad, personal y patrimonial, que ofrece el hecho de saber que tú y tu familia estaréis cubiertos ante los imprevistos cubiertos en el contrato.
¿A quién puede interesarle?
En general, a cualquier persona que quiera cubrir sus circunstancias vitales, sean personales o patrimoniales y, en especial:
Deducible: es el porcentaje de la indemnización que desembolsa el asegurado en cualquier siniestro, haya o no culpabilidad del asegurado. Este porcentaje, que determina la cantidad de dinero que deberá pagar el asegurado, está estipulado en las condiciones de la póliza.
Coaseguro: se suele dar en seguros de grandes sumas (por ejemplo, accidentes de aviación), cuyos riesgos no los puede asegurar una sola compañía. En estos casos, la aseguradora que otorga una determinada cobertura comparte el riesgo asegurado (y, en consecuencia, la prima) con otra aseguradora.
Una vez he contratado un seguro, ¿puedo reemplazar mi póliza o modificar sus condiciones y cobertura?
Dependerá del tipo de seguro y de las condiciones específicas de la póliza, pero para ello, se requerirá que el asegurador esté de acuerdo con el cambio.
En caso de que ocurra un siniestro cubierto por mi póliza de coche y yo no tenga culpa, ¿se hará cargo mi seguro de los daños?
Si los daños han sido producidos por otro vehículo a causa de la circulación, la compañía aseguradora del vehículo causante del daño deberá responder de dichos años.
En caso de tener contratada una modalidad de seguro “a todo riesgo”, el asegurador de tu póliza se hará cargo de los daños del vehículo en los términos previstos en tu póliza.
¿Qué es la prima del seguro?
Es el precio del seguro que debe abonarse al asegurador para que este cumpla con la obligación de cobertura según lo previsto en el contrato.
¿Qué cubre el seguro de Responsabilidad Civil?
Es una modalidad de seguro en que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima pactada y dentro de los límites del contrato y la ley, a indemnizar al asegurado los daños y perjuicios causados a un tercero, por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias, de acuerdo con la ley, sea civilmente responsable el asegurado.