ACUERDO DEL COMITÉ EJECUTIVO DE LA CNMV, DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2008, EN RELACIÓN CON LAS VENTAS EN CORTO DESCUBIERTAS
La CNMV ha acordado con carácter temporal la obligación de comunicar cualquier posición corta que se ostente en determinados valores, cuando estas posiciones cortas excedan del 0,25 % del capital social admitido a negociación de los emisores de dichos valores.
Asimismo, la CNMV recuerda a todos los miembros de los mercados la existencia de normas que prohíben y penalizan las ventas en corto descubiertas.
Para mayor información, en relación tanto a la lista de valores afectados como a la obligación de comunicación exigida por la CNMV, obtendrá el texto íntegro de la comunicación oficial de la CNMV en (comunicado oficial del acuerdo de la CNMV de 22 de septiembre de 2008)