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Fiscalidad de los fondos de inversión

Conoce el tratamiento fiscal que reciben los fondos de inversión gracias a la información que ponemos a tu disposición

Fiscalidad en fondos de inversión

Venta o reembolso de fondos de inversión

Los fondos de inversión están exentos de tributación hasta el momento del reembolso. En el momento del reembolso, se aplicará una retención a cuenta del IRPF sobre las plusvalías que se obtengan, según la normativa fiscal vigent.

La diferencia entre el importe obtenido en el reembolso de participaciones y el satisfecho en la adquisición es una ganancia/pérdida patrimonial que se integrará en la base imponible del ahorro sobre la que se aplica el tipo de tributación, independientemente del plazo en el que se haya generado dicha ganancia/pérdida patrimonial (incluso si ha sido generada en un periodo inferior a un año).

Tributación a partir del 1 de enero de 2010:

En territorio común:

  • 19% sobre los primeros 6.000 euros
  • 21% sobre el exceso

En Guipúzcoa, Álava y Vizcaya:

  • Se aplica un tipo único del 20% sobre la totalidad de la base imponible del ahorro.

En Navarra:

  • 18% sobre los primeros 6.000 euros
  • 21% sobre el exceso

Respecto a los coeficientes reductores de plusvalías generadas por la transmisión de participaciones adquiridas antes de 1994, se respeta la aplicación de los coeficientes reductores sobre la parte de la plusvalía total generada antes del 20 de enero de 2006 y se suprime la aplicación sobre la parte de plusvalía generada a partir de la citada fecha. (Esta modificación, en la forma de cálculo de la plusvalía, se aplicará sobre todos los reembolsos realizados desde el 20 de enero de 2006.).

Traspaso de fondos

Para que un traspaso se pueda llevar a cabo, el titular de las participaciones no puede ser una sociedad o persona jurídica, ni una personas física sujeta al impuesto sobre la renta de no residentes.

La venta de participaciones no tributará cuando el importe obtenido de las mismas sea traspasado a otro fondo de inversión. Asimismo, las nuevas participaciones conservarán el valor y la fecha de compra de las que se hayan vendido. Puesto que la ley obliga a que las participaciones vendidas sean siempre las más antiguas, este tratamiento fiscal ofrece la posibilidad de gestionar activamente la fiscalidad de los fondos de inversión.