Las aportaciones reducen la base imponible del IRPF y permiten obtener un importante ahorro fiscal.
Puedes reducirte hasta un 47%* del importe de las aportaciones realizadas.
*Hasta un 44% en Navarra y hasta un 45% en el País Vasco
El límite máximo de reducción será la menor de las cantidades siguientes (la base liquidable general no podrá ser negativa):
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Hasta los 50 años (inclusive), el límite de aportación es de 10.000 euros anuales. Para mayores de 50 años, el límite de aportación es de 12.500 euros anuales.
Límites aplicables conjuntamente a todos los planes de pensiones individuales, asociados y de empleo, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros que cubran el riesgo de Dependencia, así como a Mutualidades de Previsión Social.
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Máximo: 2.000 euros anuales (en Navarra, 2.000 euros; en el País Vasco, 2.400 euros) si el cónyuge no tiene rentas a integrar en la parte general de la base imponible o si estas son inferiores a 8.000 euros anuales (en Navarra, 8.500 euros; en el País Vasco, 8.000 euros).
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Máximo: 24.250 euros, incluyendo las aportaciones realizadas a su favor por terceras personas, que no pueden exceder de 10.000 euros anuales (8.000 euros anuales por persona en el País Vasco).
Límites aplicables conjuntamente a todos los planes de pensiones individuales, asociados y de empleo, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros que cubran el riesgo de Dependencia, así como a Mutualidades de Previsión Social.
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Según la legislación vigente (última reforma: marzo del 2011.)