Plan de Ahorro Asegurado - PIAS

El ahorro más seguro y sin riesgo.
Ahorra, cómodamente y con pequeñas aportaciones, un capital para el futuro.


Objetivo del seguro

El Plan de Ahorro Asegurado - PIAS es un seguro de vida de carácter vitalicio que permite generar un capital para el futuro de forma cómoda y sistemática, y con el que, al mismo tiempo, obtendrás una interesante rentabilidad financierofiscal por tus ahorros si decides cobrarlo en forma de renta.

Tipo de aportación

Podrás realizar tus aportaciones de la forma más flexible:

  • Elige el importe, desde sólo 6 euros.
  • Ve realizando tus aportaciones como desees, mediante aportaciones únicas o mensuales, según tus posibilidades.
  • Además, puedes modificar tus aportaciones cuando lo desees.

Interés

Al contratar el producto, se garantiza un interés por un periodo de tiempo. Una vez finalizado dicho periodo, se renovará por un nuevo periodo a un nuevo tipo de interés.

Liquidez

Desde el primer día podrás disponer del dinero ahorrado cuando lo necesites

Fiscalidad

Consigue las siguientes ventajas fiscales:

10 razones para contratar este seguro

  • 1 Realizas un ahorro sin esfuerzo, que te ayudará a costear tus proyectos de futuro. Consulta sus ventajas.

  • 2 Es un producto que te ofrece el máximo interés desde pequeñas aportaciones.

  • 3 Puedes disponer de tu dinero cuando lo desees sin penalizaciones ni gastos.

  • 4 Mientras no se rescata la operación, los rendimientos que se generan no están sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

  • 5 Con sólo actualizar tu libreta, podrás saber en cualquier momento qué capital tienes acumulado.

  • 6 La flexibilidad en las aportaciones te permite modificar el importe de la prima sin que por ello cambien las condiciones del contrato que afectan a ese periodo.

  • 7 En caso de suspender las aportaciones, el capital acumulado sigue generando intereses.

  • 8 Si optas por cobrar el capital en forma de renta vitalicia puedes obtener ventajas fiscales .

  • 9 En caso de fallecimiento del asegurado, el beneficiario obtendría el capital acumulado más un 5% o un 3% de capital adicional. Este capital adicional será como máximo de 601,01 euros

  • 10 En ese caso, el beneficiario podría aplicarse una reducción de hasta 9.195,49 euros* en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones .

*Importe variable en función de cada comunidad autónoma.

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¿Quién puede contratar el Plan de Ahorro Asegurado - PIAS?

Por su carácter general, cualquier persona mayor de 18 años puede contratar un Plan de Ahorro Asegurado - PIAS.

Es especialmente atractivo para:

  • Personas que deseen constituir un capital para el futuro.
  • Personas que valoren la liquidez y la seguridad.
  • Personas que deseen complementar su pensión de jubilación de la Seguridad Social.

¿Tengo que definir un plazo máximo de finalización del Plan de Ahorro Asegurado - PIAS?

El Plan de Ahorro Asegurado - PIAS es un seguro de vida entera, lo que significa que la operación se mantiene vigente hasta que el asegurado decide rescatar el capital o hasta que se produce su fallecimiento.

¿Cómo podré cobrar el capital acumulado?

Podrás cobrar el capital acumulado en forma de capital único rescatando la operación o mediante el cobro de una renta vitalicia. Si optas por la renta vitalicia y han transcurrido más de 10 años desde la primera aportación, el rendimiento generado durante todos estos años queda exento de tributación y la renta tributará como una renta vitalicia inmediata. Para que se aplique esta ventaja fiscal, las aportaciones máximas que pueden realizarse son de 8.000 euros anuales y con un máximo de 240.000 euros en el producto.

¿Existe algún riesgo de que yo pierda mi inversión?

No, porque el Plan de Ahorro Asegurado - PIAS te garantiza un interés técnico que se renueva en función de la situación del mercado.

¿Cómo puedo saber los rendimientos que estoy obteniendo?

Los rendimientos se devengan diariamente. Podrás saber tu capital acumulado con tan sólo actualizar tu libreta.

¿Qué capital obtendré cuando rescate la operación?

En el momento en que decidas rescatar la operación, el capital que obtendrás serán las aportaciones más los rendimientos generados hasta esa fecha.

Cálculo del capital en caso de fallecimiento

La prestación en caso de fallecimiento es el capital acumulado más un 5% o un 3% adicional. Este capital adicional como máximo será de 601,01 euros.

La asignación de uno u otro porcentaje depende de la edad que tenga el asegurado en el momento de la contratación.

  • Si el asegurado es menor de 70 años...
    • Supongamos que el capital acumulado en el momento de la defunción del asegurado es de 6.010,12 euros.
    • La prestación adicional por fallecimiento correspondiente es del 5% (por ser menor de 70 años cuando efectuó la contratación), es decir, 300,51 euros.
    • El capital total a percibir por el beneficiario es "a + b" = 6.310,63 euros.
  • Si el asegurado es mayor de 70 años...
    • Supongamos que el capital acumulado en el momento de la defunción del asegurado es de 60.101,21 euros.
    • La prestación adicional por fallecimiento es del 3% del capital acumulado, es decir, 1.803,04 euros.
    • No obstante, dado que el 3% adicional está limitado a 601,01 euros, el capital total a percibir por el beneficiario será de "a + b" = 60.702,22 euros.

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Información sujeta a las condiciones de la póliza.
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