Servicio de atención al cliente

CaixaBank se ha dotado de un Servicio de Atención al Cliente encargado de atender y resolver las quejas y reclamaciones de sus clientes y de las entidades del Grupo ”CaixaBank” adheridas a este servicio.

Los clientes pueden presentar sus reclamaciones ante el Servicio de Atención al Cliente en la dirección postal, calle Pintor Sorolla, 2-4, 46002, Valencia, en la dirección de correo electrónico [email protected], en el formulario especialmente habilitado para ello o en cualquiera de las oficinas de CaixaBank.

También puede realizar una reclamación a través del siguiente formulario.

Si no estás de acuerdo con un cargo de tu tarjeta y aún no has iniciado la solicitud de devolución de la operación de tu tarjeta, este formulario no es el canal para hacerlo. Aquí te explicamos los pasos para poder iniciar una solicitud de devolución de operación de tu tarjeta.

El Servicio de Atención al Cliente dispone de un plazo máximo de 1 mes con carácter general y 15 días hábiles en el caso de reclamaciones sobre servicios de pago para resolver las reclamaciones de acuerdo con su reglamento de funcionamiento. En caso de disconformidad con la resolución o si ha trascurrido el plazo indicado sin que se haya emitido ningún pronunciamiento, el cliente puede formular su reclamación ante los servicios de reclamaciones de los supervisores.

Los clientes pueden formular otro tipo de peticiones como consultas o sugerencias a través de Acceso a Atención al cliente

Las reclamaciones que formulen los partícipes y los beneficiarios de los planes de pensiones del sistema individual deberán presentarse ante el Defensor del Partícipe. Asimismo, los socios ordinarios y los beneficiarios de las EPSV de modalidad individual, deberán presentar sus quejas o reclamaciones ante el Defensor del Asociado. Para ambos órganos la dirección postal es C/ Velázquez, 80, 1ª derecha, 28001 Madrid y la dirección de correo electrónico [email protected]. Para más información consulte el apartado “reclamaciones” de la página web de VidaCaixa www.vidacaixa.es

Reglamentos
 

1. Reglamento para la Defensa del Cliente de CaixaBank (pdf)


Servicios de Reclamaciones de los Supervisores
 

1. Servicios bancarios: las reclamaciones pueden dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España (c. de Alcalá, 48, 28014, Madrid) (pdf) 

http://www.bde.es

2. Servicios de inversión y mercado de valores: las reclamaciones pueden dirigirse a la Comisión Nacional del Mercado de Valores ( C/Edison, 4 -28006 Madrid)
2.1. Formulario de reclamación individual (pdf)
2.2. Formulario de reclamación colectiva (pdf)
3. Seguros y planes de pensiones: las reclamaciones pueden dirigirse la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (Pº de la Castellana, 44, 28046, Madrid) (pdf)

Plataforma de Resolución de Litigios en Línea de la Unión Europea

https://ec.europa.eu/consumers/odr/main/index.cfm?event=main.home.chooseLanguage


Información al consumidor (Cataluña)

Se hace constar la existencia del servicio de consulta telefónica del consumidor, prestado por la Generalitat de Cataluña, a través del número 012. Existen hojas oficiales de reclamación/denuncia a disposición de los clientes. La entidad dispone de un servicio telefónico gratuito de atención al cliente a través de los números +34 938 87 25 25 y 900 40 40 90. Asimismo, se hace constar que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 22/2010, del 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña, las personas consumidoras pueden solicitar un modelo de las condiciones generales de los contratos de servicios financieros básicos que puedan tener interés en concertar.

Información al consumidor (Andalucía):

Las personas consumidoras en Andalucía, en aplicación del “Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía”, podrán presentar una reclamación o queja en soporte papel o formato electrónico, según el modelo que se establece en el Anexo II de esta norma. Las reclamaciones se podrán presentar ante el Servicio de Atención al Cliente en la dirección postal, calle Pintor Sorolla, 2-4, 46002, Valencia; en la dirección de correo electrónico [email protected], o en cualquiera de las oficinas de CaixaBank.

La persona consumidora podrá obtener la hoja de quejas y reclamaciones a través del portal web www.consumoresponde.es: Anexo I HQR Decreto 82-2022 (actualizado a 18-10-2022).pdf (consumoresponde.es)

Normativa General de Protección de los Consumidores y condiciones de contratación

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Préstamos hipotecarios:

  • Ley 2/1994 de 30 de marzo () sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
  • Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
  • Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
  • Ley 3/2016, de 9 de junio, para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda.
  • Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

Crédito al consumo:

  • Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de Crédito al Consumo.

Normativa general sobre servicios bancarios

  • Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
  • Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación.

Servicios de Pago

  • Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
  • Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago.
  • Reglamento (UE) 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) 924/2009.

Servicios de Inversión

  • Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
  • Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero del Ministerio de Economía y Hacienda, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Circular 7/2011, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos tipo.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.

Servicio de atención al cliente 

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.